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Constitución de sociedades en España

¿Desea desarrollar su actividad empresarial en España y tiene intención de constituir una sociedad española? Nuestro bufete, Ribas Brutschy Abogados, con sede en Karlsruhe, cuenta con una amplia experiencia tanto en la constitución de sociedades en España como en la creación de filiales o sucursales españolas de una empresa ya existente en Alemania o en España.

Hemos recopilado para usted toda la información importante sobre el tema de la constitución de empresas en España.

Nuestro servicio para usted: Creación de empresas en España

  • Hemos recopilado para usted toda la información importante sobre el tema de la constitución de empresas en España.


Debe tener en cuenta estas particularidades a la hora de constituir una empresa
Crear una empresa en España: ¿Que tipo se Sociedad elegir?

  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.)
  • Algunas preguntas importantes al respecto en el
    Resumen:
  • Empresario individual (autónomo)
  • Sociedad Civil
  • Sociedad Anónima (S.A.)

    ¿S.L. o S.A. en España?

  • La Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.)
  • La Sociedad Anónima (S.A.)

    Nuestros consejos para la creación de una empresa

  • Constitución de empresas: Solicitar S.L. o S.A. en España

Debe tener en cuenta estas particularidades a la hora de constituir una empresa

La libertad de establecimiento de la UE también permite constituir una empresa en España. Sin embargo, las diferencias fundamentales que hay que tener en cuenta —como, por ejemplo, las cuestiones de responsabilidad, los trámites de constitución, la normativa fiscal o las obligaciones de publicidad, entre otras muchas— pueden influir de manera decisiva en el éxito futuro de la empresa desde una fase temprana.

Por ello, al constituir cualquier empresa, conviene analizar minuciosamente las ventajas y desventajas de cada forma jurídica.

Crear una empresa en España: ¿Que tipo se Sociedad elegir?

En principio, en España, al igual que en Alemania, se distingue entre sociedades personales y sociedades de capital. A título de ejemplo, en España son posibles, en principio, las siguientes formas jurídicas de empresa, que se presentan a modo de resumen. En el siguiente resumen no se tratan los temas relacionados con los impuestos y la Seguridad Social.

1. Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.)

La S.L. española es comparable, en cuanto a su forma jurídica, a la sociedad de responsabilidad limitada alemana. Una diferencia es, sin embargo, por ejemplo, el bajo capital social mínimo de 3.000 EUR.

Gracias a su bajo capital social, constituye una alternativa ideal a una GmbH alemana, que requiere un
capital social de 25 000 EUR.

Desde que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea estableció de forma vinculante la «teoría de la constitución» —en lugar de la «teoría de la sede»— para todos los países de la UE, una SL española puede desarrollar actividades en Alemania sin necesidad de transformación.

Con la Ley 14/2013, de fomento de la creación de empresas y de la economía en España, que entró en vigor el 28 de septiembre de 2013, se aprobaron una serie de facilidades para los empresarios en España.

No solo los inversores no europeos obtienen un permiso de residencia con una inversión a partir de 500 000 euros, sino que también se fomenta a los pequeños empresarios nacionales.

Un par de preguntas importantes al respecto en resumen

¿Quién puede constituir una S.L. española?

En principio, tanto los ciudadanos de la UE como los no comunitarios pueden constituir una sociedad. El administrador debe solicitar un N.I.E. (Número de Identificación de Extranjeros).

¿Cuál es el capital social mínimo?

El capital social mínimo debe ascender a, como mínimo, 3.000 euros y debe ingresarse en la cuenta de la empresa al inicio de la constitución.

¿Cuándo volverá a estar disponible el capital social?

Una vez que el notario haya formalizado la constitución de la sociedad (escritura) y esta se haya inscrito en el Registro Mercantil, se podrá disponer del capital social.

¿Puedo desarrollar mi actividad empresarial en Alemania con una S.L. española?

Sí, según las directrices de la UE, una S.L. española se puede utilizar plenamente en toda Europa.

¿Qué pasa con la responsabilidad?

La sociedad responde con su capital social. Existe una protección total de responsabilidad y contra riesgos para los socios y administradores.

¿Qué restricciones existen en la elección del nombre?

En principio, no hay restricciones. El nombre se puede elegir libremente.
Sin embargo, en la denominación social no se puede incluir ningún añadido en alemán, como «Gesellschaft mit beschränkter Haftung» o «Aktiengesellschaft». Hay que presentar tres propuestas de nombre. A continuación, en Madrid se comprueba qué nombre sigue estando libre y disponible.

Reserva de nombre de empresa

Antes de constituir una SL española o de cambiar la denominación social de una sociedad ya existente, es necesario comprobar en el Registro Mercantil si la denominación social en cuestión está disponible.

¿Cuánto tiempo se tarda en constituir una S.L.?

Desde el registro del nombre en Madrid hasta la inscripción en el Registro Mercantil, entre 2 y 3 meses.

¿Cuándo recibiré el extracto del registro mercantil?

Este puede durar hasta 3 meses.

¿Es obligatoria la presencia física para la constitución o compra de una S.L. en España?

Ni para la constitución ni para la transmisión en España es obligatoria la presencia.

¿Cuántos socios puede tener una S.L.?

Al menos un socio (S.L. unipersonal). No hay límite máximo.

¿Dónde debe estar el domicilio social de la empresa?

El domicilio social puede estar en cualquier lugar de España.

¿Qué ventajas puede aportar la compra de un inmueble a través de una S.L.?

Al realizar la compra a través de una S.L., el comprador puede permanecer en el anonimato. En el Registro de la Propiedad figura como propietario el nombre de la sociedad, el número de registro, el NIF de la S.L., el fundador original y el administrador. No figura el actual titular de las participaciones sociales, es decir, el propietario real.

¿Qué orden debe seguirse al comprar un inmueble a través de una S.L.?

Es recomendable fundar primero la S.L. y realizar la compra con ella. Lo decisivo es que el inmueble haya sido comprado por una empresa y no por una persona física. Además, en caso de una aportación posterior de un inmueble a una S.L., se generan costes de transacción, es decir, costes de transmisión.

¿Se aplica la ley de competencia alemana también a una S.L. española?

Para una S.L. española no se aplican las normativas alemanas, ya que la S.L. española está sujeta a las leyes españolas.

2. Empresario Individual (Autónomo)

El «empresario individual o autónomo» es comparable a la empresa unipersonal en Alemania. Esta forma jurídica la eligen con frecuencia los artesanos o los abogados. En esta forma jurídica, una sola persona es responsable de todas las actividades económicas de la empresa.

3. Sociedad Civil

La Sociedad Civil es comparable a la sociedad civil alemana (sociedad regulada por el Código Civil alemán, BGB). Se constituye con al menos dos socios, y cada uno de ellos responde con su patrimonio de las posibles pérdidas de la empresa. Su constitución no está sujeta a ningún capital mínimo.

4. Sociedad Anónima (S.A.)

La S.A. es la forma española de sociedad anónima. Puede ser constituida por uno o varios socios. Para constituir una S.A. se necesita un capital social mínimo de 60.000 euros, del cual debe desembolsarse al menos el 25 por ciento. La escritura de constitución debe ser certificada por un notario, y la empresa debe inscribirse en el Registro Mercantil. La constitución de una S.A. es especialmente recomendable cuando hay muchos socios en la empresa o cuando el importe de la inversión es muy elevado.

¿S.L. o S.A. en España?

En principio, en España, al igual que en Alemania, se distingue entre sociedades personales y sociedades de capital. A título de ejemplo, en España son posibles, en principio, las siguientes formas jurídicas de empresa, que se presentan a modo de resumen. En el siguiente resumen no se tratan los temas relacionados con los impuestos y la Seguridad Social.

La Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.)

Goza de especial popularidad entre los empresarios de España y de toda Europa debido a la limitación de la responsabilidad y al reducido capital mínimo de 3.006 €.

Para su constitución, es necesario realizar primero una consulta de denominación en el Registro Mercantil central. El Registro comprueba si existe riesgo de confusión con empresas ya existentes. Posteriormente, se abre una cuenta bancaria a nombre de la sociedad que se va a constituir, se solicita un número de identificación fiscal español para los socios (NIE) en la Agencia Tributaria, se redactan los estatutos sociales, se formaliza ante notario la escritura de constitución, se solicita el número de identificación fiscal de la sociedad (NIF), se abonan los impuestos y gastos de constitución (como los gastos de notario y del Registro Mercantil) y, por último, la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil local.

La Sociedad Anónima (S.A.)

Solo existe una forma de sociedad anónima clásica en España: la Sociedad Anónima (S.A.). Para constituir una S.A. basta con un único socio. El capital social, de al menos 60 101 EUR, debe estar íntegramente suscrito en el momento de la constitución, y debe estar desembolsado al menos en un 25 %. La escritura de constitución debe ser certificada por un notario y la S.A. debe inscribirse en el Registro Mercantil. La constitución de una S.A. resulta especialmente adecuada cuando hay un gran número de socios o cuando se requiere una elevada inversión. El Derecho mercantil prevé una estructura organizativa compuesta por la Junta General, la dirección (administrador(es)) y el Consejo de Administración.

Constitución de empresas: Solicitar S.L. o S.A. en España
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Proceso monitorio europeo

Las fronteras europeas no suponen ningún obstáculo para nosotros. Por lo tanto, si tiene dificultades para que sus socios comerciales europeos paguen puntualmente, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Conocemos bien los obstáculos y retos que plantea la ejecución forzosa en otros países europeos y nos encargamos de forma profesional del cobro transfronterizo de sus créditos.

 

Este procedimiento judicial simplificado de la UE puede llevarse a cabo cuando lo único que se reclama al demandado es el pago de una cantidad de dinero. Otro requisito es que se trate de un asunto transfronterizo (aplicable en materia civil y mercantil, independientemente del tipo de jurisdicción).

Si su deudor o deudora tiene su domicilio o residencia habitual en otro Estado miembro de la UE, puede iniciar un procedimiento europeo de requerimiento de pago. Esto no se aplica a Dinamarca.

Dependiendo del importe de su reclamación, esto es
• En función del importe de su crédito, se trata de: un procedimiento europeo de requerimiento de pago para créditos superiores a 2.000 euros
• un procedimiento europeo para reclamaciones de escasa cuantía inferiores a 2.000 euros.

De este modo, podrá hacer valer sus reclamaciones con carácter transfronterizo de forma más sencilla, rápida y con menores costes.

Si no está seguro de si estos procedimientos son adecuados para su caso, utilice el siguiente asistente del portal judicial europeo.

El título ejecutivo obtenido mediante el procedimiento europeo de requerimiento de pago se reconoce en toda la UE, excepto en Dinamarca.

Como alternativa, puede seguir reclamando su deuda mediante los procedimientos judiciales nacionales habituales (demanda civil, procedimiento judicial de requerimiento de pago) y, sobre esta base, ejecutar la sentencia contra su deudor o deudora en el extranjero.

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ErbKompass por Ribas

El ErbKompass de Ribas ofrece una primera orientación sobre la prevención, el caso de herencia y la tramitación de sucesiones. Agrupa temas centrales como el testamento, el certificado de herederos, la legítima, la administración de herencias, los casos de sucesiones transfronterizas entre Alemania y España, y el legado digital.

Al ErbKompass

Número de identificación
para extranjeros en España

Nuestro servicio para usted: solicitud del NIE/NIF.

Nosotros, Ribas Brutschy Abogados, de Karlsruhe, tramitamos por usted la solicitud del NIE/NIF. Por favor, rellene para ello el siguiente formulario.
Por supuesto, antes de presentar la solicitud y de formalizar el encargo, le informaremos de inmediato sobre los precios, la duración y el procedimiento a seguir.

Solicitar número de identificación de extranjero en España (NIE / NIF)

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Nota simple del Registro de la Propiedad en España

Nosotros, el bufete Ribas Brutschy Abogados en Karlsruhe, solicitamos para usted una copia actualizada del registro de la propiedad. Por favor, rellene el siguiente formulario para ello. Por supuesto, le informaremos de inmediato sobre los precios y la duración antes de realizar la solicitud y el encargo vinculante.

Solicitar nota simple en España

Detalles de la propiedad

Datos exactos del registro de la propiedad
Datos del registro de la propiedad del inmueble/terreno:
Otros datos conocidos del inmueble / del terreno:
Datos completos del actual propietario del inmueble/del terreno:
o
Alternativa

Envíenos por correo electrónico una copia de la escritura pública de compraventa de la propiedad / del
parcela o el último recibo del impuesto sobre bienes inmuebles (Recibo de IBI).

Sus personas de contacto

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Cómo solicitar el certificado del Registro Mercantil en España

Ribas Brutschy Abogados solicita para usted un certificado del registro mercantil de una empresa española (S.L. o S.A.). Por favor, rellene el siguiente formulario para ello. Naturalmente, le informaremos de inmediato sobre los precios y la duración antes de realizar la solicitud y el encargo vinculante.

El registro más importante para cualquier empresario en España es el Registro Mercantil. Este garantiza la seguridad en el tráfico mercantil al proporcionar a terceros información sobre las personas jurídicas, sus regímenes de representación y su vigencia.

Además, el Registro Mercantil legaliza los libros de comercio de las sociedades y nombra a expertos independientes y auditores. En los certificados del registro mercantil también figura información sobre si la sociedad ha depositado sus cuentas anuales.

Además de los registros mercantiles locales, existe el Registro Mercantil Central en Madrid, que gestiona conjuntamente los datos de todos los registros mercantiles y también publica el Boletín Oficial del Registro Mercantil. Además, también es responsable de la certificación negativa de nuevas denominaciones sociales.

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Destacamento de empleados

¿Desea desplazar a trabajadores a España en el marco de una prestación de servicios de duración limitada, como por ejemplo para la ejecución de proyectos, trabajos de montaje y/o instalación, así como para posibles trabajos de mantenimiento?

En este caso, se considera que la empresa desplazada debe cumplir ciertas normativas legales y obligaciones durante el período de desplazamiento.

Estos están regulados por la ley española de desplazamiento de trabajadores (Ley 45/1999).

Obligación de notificación

El desplazamiento de trabajadores a un Estado miembro de la UE ya está sujeto a la obligación de registro en Alemania, es decir, debe presentarse una notificación previa en el Estado de origen.

Además, la empresa que desee enviar trabajadores a España para la prestación de servicios transfronterizos deberá comunicarlo también a la autoridad española competente en la localidad correspondiente. En dicha notificación se deberá indicar, entre otros datos, la duración del desplazamiento (obligación de notificación a partir de 8 días), así como una persona de contacto para las autoridades laborales españolas y los organismos de la Seguridad Social. En el caso de las empresas de trabajo temporal, hay que tener en cuenta e indicar otras particularidades.

Documentación in situ

Durante todo el periodo de desplazamiento, la empresa de origen está obligada a mantener en el lugar de destino, en español y en formato digital o en papel, determinados documentos relacionados con los trabajadores. Esto se refiere, entre otros, a los contratos de trabajo de los trabajadores desplazados, las nóminas, los registros de horas de trabajo, etc.

También debe demostrarse el cumplimiento de la normativa de seguridad y salud laboral mediante documentación que debe estar en español.

Multas y sanciones

Si la Inspección de Trabajo española detecta infracciones, estas serán sancionadas con multas según la gravedad de la infracción, de conformidad con el decreto ley.

Costes de nuestras actividades


Los costos de la tramitación para el Registro de Empresas Acreditadas (REA) ascienden a aprox. entre 400 EUR y 600 EUR.

Para la notificación de desplazamiento cobraremos entre 200 EUR y 300 EUR en función del número de empleados.

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Mediación

Los conflictos de cualquier tipo tienen repercusiones considerables en todas las partes implicadas. La mediación le brinda la oportunidad de elaborar soluciones viables para el futuro, actuando de forma autónoma, participando en la toma de decisiones y teniendo en cuenta los intereses y las necesidades de todas las partes implicadas. Usted decide qué temas desea tratar y cuáles quiere resolver. Ahórrese recursos valiosos y largos procesos judiciales, y desarrolle soluciones comunes y viables con nuestro apoyo profesional y neutral.

De conformidad con la Ley de Mediación (MediationsG), le ofrecemos, en el marco de un procedimiento estructurado, la posibilidad de resolver conflictos o conciliar disputas, incluso sin tener que recurrir a largos procesos judiciales. Se garantiza en todo momento la confidencialidad, que queda recogida en un contrato de mediación.

Se pueden tratar los conflictos más diversos, como, por ejemplo, disputas en el marco de un asunto sucesorio, entre empresarios y trabajadores, entre la dirección y los representantes de los trabajadores, en disputas con otras empresas, en separaciones o en litigios por la custodia de los hijos.

Nuestros mediadores económicos están formados de acuerdo con la nueva Ley de Mediación y se rigen por ella en sus obligaciones de conducta y en sus actividades. De este modo, la independencia y la neutralidad están garantizadas en todo momento.

Puede consultar la nueva Ley de Mediación en https://www.gesetze-im-internet.de/bundesrecht/mediationsg/gesamt.pdf

Estaremos encantados de explicarle en persona las funciones detalladas de un mediador, el desarrollo de una mediación, así como sus costes y ventajas. Por favor, póngase en contacto con nosotros para este propósito.

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